El límite a 110 km/h es "jurídicamente inviable"
A partir del 7 de marzo y hasta que el Gobierno diga lo contrario no se podrá circular a más de 110 km/h en autovías y autopistas. La norma quedará plasmada en el Reglamento de Circulación, concretamente en el artículo 48. Este mismo texto legal establece que los titulares de las vías deben comunicar a las autoridades competentes los cambios en limitaciones de velocidad, con un mes de antelación. Pero, la Administración se salta este punto, asegurando que el periodo de un mes se refiere a cambios en "puntos concretos motivados, por ejemplo, por obras".
La asociación Automovilistas Europeos Asociados no lo tiene tan claro y, a través de su presidente, Mario Arnaldo, ha declarado que es "jurídicamente inviable" que la norma entre en vigor el lunes. ¿Por qué? Porque desde el Gobierno no se cansan de decir que no es la seguridad si no el ahorro energético la causa de esta bajada del límite. Para la asociación, sería necesario modificar la Ley de Tráfico para dejar claro, y por escrito, que no afectará al Permiso por Puntos.
La limitación de la velocidad en carretera a 110 km/h forma parte del paquete de medidas para el ahorro energético propuestas por el Gobierno. Este plan, que se está votando en estos momentos en el Congreso, incluye el cambio de 240.000 neumáticos convencionales por otros de alta eficiencia y la sustitución de las actuales bombillas de carretera por otras de menor consumo.
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