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El caso de F1 en Valencia pasa a juzgado ordinario

GP Valencia F1: novedades en el “caso Valmor”
El caso de F1 en Valencia pasa a juzgado ordinario al dejar Francisco Camps de ser aforado.

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunitat Valenciana ha acordado remitir la causa por la gestión F1 en Valencia al decanato de los Juzgados al perder la competencia, ya que el expresident de la Generalitat Francisco Camps ha dejado de ser aforado.

GP Valencia F1: novedades en el “caso Valmor”


El TSJ investigaba los posibles delitos de prevaricación administrativa y malversación de caudales públicos desde abril de 2006 (las negociaciones previas para que Valencia acogiera un Gran Premio) hasta el 19 de julio de 2011, cuando la Generalitat se convirtió en avalista de Valmor, la empresa privada organizadora de la Fórmula 1.

El origen de esta causa es una querella presentada en diciembre por la Fiscalía Anticorrupción contra el expresident de la Generalitat Francisco Camps, la exconsellera de Cultura y Deporte Dolores Johnson y el empresario y excampeón del mundo de Motociclismo Jorge Martínez "Aspar".

Según la Fiscalía, había indicios de que Camps concertó con "Aspar" que, en realidad, quien organizaría la prueba sería la empresa pública Circuito del Motor, para lo cual se interpuso a una empresa privada -Valmor Sports- que carecía de infraestructura personal, material y económica para asumir esa labor.

Además, la Fiscalía apuntaba que Camps negoció directamente con Ecclestone el contrato del 19 de julio de 2011 por el que la Generalitat se convirtió en avalista de Valmor, sin seguir el procedimiento administrativo y mediante un contrato que ordenó firmar a Johnson, "a sabiendas" de que esta era "incompetente" para ello. La Sala de lo Civil y lo Penal del TSJ ha establecido hoy su falta de competencia al perder Francisco Camps la condición de diputado por la convocatoria de elecciones autonómicas y ha acordado remitir las actuaciones al decanato de los juzgados de Valencia para su reparto el juzgado de instrucción que por turno corresponda.

Durante la fase previa de alegaciones, las defensas de Dolores Johnson y Jorge Martínez solicitaron la remisión de la causa a los juzgados de instrucción de Valencia, mientras que la defensa de Camps, ejercida por él mismo, pidió que se mantuviera la competencia de la sala. En los fundamentos de derecho, el auto indica que la competencia en materia penal del TSJ "únicamente subsiste mientras la persona imputada no cese en la condición de aforado", y en consecuencia "la sala deviene objetivamente incompetente para la instrucción" tras la disolución de Les Corts y la elección de los miembros de la Diputación Permanente.

El auto descarta que exista un conflicto de competencias y reprocha a la defensa de Camps que afirme que la Sala se haya acogido a "un procedimiento inexistente en la ley", ya que, decaída la competencia inicial, "lo que resulta procedente es determinar a qué órgano (jurisdiccional) le corresponde su conocimiento". Se rechaza también otra pretensión de Camps y para ello se cita jurisprudencia del Tribunal Supremo que establece que "en las causas con aforados, la resolución judicial que acuerda la apertura del juicio oral constituye el momento en el que queda definitivamente fijada la competencia del Tribunal de enjuiciamiento, aunque con posterioridad se haya perdido la condición de aforado".

En consecuencia, los magistrados resaltan que, en este caso, "ni remotamente cabe hablar de que la competencia de esta Sala haya quedado fijada de forma definitiva". Aunque la defensa de Cams pretendía también que el aforamiento se perpetuaba hasta la constitución" de las nuevas Corts, la Sala, tras citar el Estatuto de Autonomía y el Reglamento de les Corts, establece que "desde el momento que nos consta que el señor Camps no está integrado en la Diputación Permanente ha perdido su condición de aforado".

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Fuente: EFE

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