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100 euros, la multa que te pueden poner por no usar mascarilla en el coche

Las mascarillas más seguras contra el COVID 19 para cada viaje en coche

Desde el 20 de abril el uso del cubrebocas ha dejado de ser obligatorio también en espacios cerrados. Pero hay excepciones y te expones a una multa de 100 euros si no usas la mascarilla en el coche en los casos en los que todavía tienes que hacerlo.

Como (casi) toda norma, la aprobada por el Consejo de Ministros para retirar las mascarillas en interiores tiene sus excepciones. Ya es posible entrar en un centro comercial sin cubrebocas, lo mismo que en un restaurante o en la carnicería, pero su uso sigue siendo obligatorio en centros sociosanitarios (hospitales, residencias, farmacias...) y en el transporte público.

En este último hay matices. Por ejemplo, la mascarilla sigue siendo obligatoria al subir al autobús o entrar en los vagones del metro, pero no lo es durante el tiempo de espera en la estación o el andén.

En estos vehículos tienes que seguir usando la mascarilla obligatoriamente

Mascarilla en el coche, cuándo es obligatoria

Tal y como adelantó la Ministra de Sanidad, Carolina Darias, se mantiene la obligatoriedad de la mascarilla en vehículos de uso público. Es decir, tendrás que usar cubrebocas cuando viajes en taxi o en vehículos de alquiler con conductor (VTC).

La mascarilla deja de ser obligatoria en vehículos de uso privado aunque se viaje con no convivientes (usarla o no pasa a ser decisión personal); sí se recomienda si algún pasajero es vulnerable (mayor de 60 años, con patologías...). Esto incluye a los de carsharing (Zity, Wible, Car2Go...) o de uso compartido (BlaBlaCar).

Otros vehículos en los que el uso de la mascarilla sigue siendo obligatorio es en ambulancias. Mientras que en los coches de las autoescuelas y durante el examen práctico de conducir debe ser la DGT la que tome la decisión.

Las mascarillas más seguras contra el COVID 19 para cada viaje en coche

Multa de 100 euros

No hacer uso de la mascarilla en los lugares y momentos en los que sigue siendo obligatorio puede ser sancionado.

En este sentido, se mantiene lo establecido en la Ley 2/2021 de 29 de marzo que impone una multa de 100 euros para quienes incumplan la norma que regula el uso de cubrebocas.

Etiquetas: DGT

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