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Atestado policial: qué es, para qué se utiliza...

Atestado policial: qué es, para qué se utiliza...
Siempre que se produce un accidente con víctimas se levanta un atestado policial. Por tal se entiende el documento oficial en el que la Guardia Civil o Policía Local que atiende el siniestro toma nota de todas las actuaciones realizadas para averiguar si se ha producido algún hecho delictivo. Como afectado puedes tener acceso a él, pero cumpliendo una serie de plazos y condiciones.

Atestado policial: dícese del documento oficial en el que se reflejan todas las diligencias que se practican para averiguar y comprobar si en un accidente de tráfico se ha producido algún hecho delictivo.

La definición no es nuestra sino de una de las entidades que más sabe al respecto y en cuya información nos hemos basado para ponerte al día de todo lo que debes saber sobre los atestados policiales: la DGT.

¿Qué es un atestado policial?

Tal y como explia la Dirección General de Tráfico en su página web, el atestado policial es un instrumento oficial en el que se exponen "los hechos averiguados, las declaraciones e informes recibidos y todas las circunstancias que hubiesen observado y que pudiesen constituir indicio de delito" en el transcurso del siniestro.

Para realizar las averiguaciones, los funcionarios de policía judicial están obligados a observar estrictamente las formalidades legales. Esto significa que sólo podrán utilizar los medios que la ley autorice. Muchos de ellos están recogidos en nuestro reportaje sobre cómo se reconstruye un accidente.

El atestado debe ir siempre firmado por los agentes que lo hayan extendido y será puesto en conocimiento del Ministerio Fiscal o de la Autoridad Judicial en su caso. 

¿Quién y por qué se levanta un atestado?

La Ley contempla tres vías que pueden dar lugar a la elaboración de un atestado:

1. la Policía tiene conocimiento directo de unos hechos que pueden ser constitutivos de delito

2. por denuncia de un particular

3. a consecuencia de las diligencias practicadas por el Ministerio Fiscal

Cuando se produce un accidente de tráfico con víctimas (ya sean lesionados o heridos), los responsables de levantar el atestado policial serán las fuerzas encargadas de la vigilancia del tráfico. Esto es: Guardia Civil, Policía Foral, Mosso d´Escuadra, Ertzaintzia o Policía Local según si el siniestro se ha registrado en vía urbana o interurbana.

Qué datos debe recoger el atestado policial

En todo atestado policial deben quedar debidamente reflejados, al menos, los siguientes datos:

- matrícula de los vehículos implicados en el accidente

- datos de contacto de las personas afectadas (DNI, domiclio, número de teléfono...)

- test de alcoholemia

Respecto a las pruebas que pueden ayudar a reconstruir el accidente, las más habituales son:

- huellas de frenado

- fragmentos (tanto de los vehículos como del entorno)

- funcionamiento de las luces

- obstáculos en la visibilidad

- señalización existente en la zona

Si estás en condiciones de hacerlo, la DGT recomienda que pidas a los testigos presenciales que den su versión para que quede reflejada en el atestado. Y aunque es seguro que los agentes lo habrán hecho, no está de más que anotes los datos de matrícula y contacto de los implicados

Tambiçén puedes (y debes) hacer fotos: luego podráas incorporarlas para documentar posibles reclamaciones ante los juzgados. Eso sí, respeta siempre la intimidad de las personas.

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¿Puedes tener acceso al atestado policial de tu accidente?

Sí, pero respetando unos plazos y condiciones.

Salvo que los agentes que trabajan en el informe soliciten tu presencia (para prestar declaración o aportar algún documento), no tendrás acceso al atestado hasta que haya concluido la investigación.

El proceso es lento, ya que sólo elaborar el croquis del accidente puede suponer varias semanas de trabajo.

Una vez llega el atestado policial al juzgado puedes pedir verlo. Para ello, según informa Tráfico, es necesario personarse en la instrucción (con abogado y procurador).

Es importante tener en cuenta que si quieres iniciar alguna reclamación tienes un plazo de seis meses para solicitar todas las pruebas que consideres oportunas.

La DGT explica que obtener una copia del atestado es de utilidad cuando se va a proceder a una reclamación previa a la compañía de seguros contraria, "pero que más importante es el Informe del Médico Forense que le haya examinado de sus lesiones, ya que a partir de ahí se podrán cuantificar económicamente las lesiones en base al Baremo o 'Sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación'".

En accidentes de tráfico con resultado de lesiones graves o fallecidos o cuando los agentes califican inicialmente los hechos como presunto delito contra la seguridad vial (si ha habido positivo en drogas o alcohol o conducción temeraria, por ejemplo), el atestado se remite directamente al Juzgado de Guardia del lugar donde se han producido los hechos. En este caso, para obtener una copia hay que solicitarlo en las Actuaciones Judiciales que se hayan incoado. Necesitarás la intervención de un abogado.

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