Negarse a la segunda prueba de alcoholemia es legal
La Audiencia de Cantabria ha señalado que negarse a realizar la segunda prueba de alcoholemia es legal, ya que hacerla es un derecho que tiene el conductor para “una mayor garantía”. Es por ello que ha revocado la condena a un conductor que fue sorprendido circulando en sentido contrario y que se negó a someterse a una segunda prueba de alcoholemia.
Los hechos ocurrieron durante la madrugada del 5 de febrero de 2010, cuando Jesús Andrés R. C. conducía por la calle Adrés del Río de Santander en sentido contrario y bajo los efectos del alcohol.
Los policías, después de darle el alto, procedieron a hacerle la prueba de alcoholemia. Jesús Andrés dio positivo con una tasa de 0,96 miligramos por litro de aire respirado. Acto seguido, los agentes solicitaron que se trasladara a las dependencias policiales para someterse a un nuevo test de precisión, a lo que el acusado se negó.
Por todo ello, el Juzgado de lo penal número 1 de Santander impuso al acusado una pena de seis meses de cárcel por su negativa a realizar la segunda prueba y una multa de 1.440 euros por conducir bajo los efectos del alcohol.
El acusado recurrió la sentencia y finalmente la Audiencia de Cantabria ha concluido que el conductor no puede ser condenado por negarse a realizar la segunda prueba de alcoholemia, ya que se le realizó una primera, y la segunda es un derecho que tiene el conductor para “una mayor garantía”.
Con todo, el tribunal establece que hay causa suficiente para condenar a esta persona por conducir bajo los efectos del alcohol, por lo que se mantiene la multa impuesta al acusado.
Fuente: Agencia EFE
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