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España regula el alquiler de coches con conductor

España regula el alquiler de coches con conductor
Uber, Cabify y demás entidades dedicadas al alquiler de coches con conductor tienen ya una norma de cumplir. Para empezar, todos sus conductores deben ser autorizados y no podrán coger clientes en mitad de la calle.

Los taxistas pueden respirar un poco más tranquilos pues, por fin, han conseguido una de sus máximas reinvicaciones: un marco legal que regule el alquiler de vehículos con conductor.

Hablamos de la fuerte competencia que les ha llovido con la aparición de empresas como Uber y Cabify y que ahora pondrán seguir operando pero cumpliendo los requisitos de la nueva norma. Para empezar, según ha aporbado el Gobierno por Real Decreto, todos aquellos que deseen trabajar como conductores deberán estar debidamente autorizados.

Serán las comunidades autónomas las encargadas de entregar estas autorizaciones administrativas con las que se reconoce una modalidad concreta de transporte de viajeros en vehículos de turismo.

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Ahora bien, la norma incluye una serie de condiciones. La primera regula dónde y cómo podrán sus servicios. Se establece que todos los servicios de arrendamiento con conductor deberán haber sido contratados previamente, de forma presencial, telemática o telefónica y dentro del coche el conductor deberá llevar la documentación que lo acredite. De manera que queda totalmente prohibido estacionar o circular por la ciudad en busca de clientes (olvídate de buscar un coche de Uber si estás borracho como se puede hacer en Nueva Jersey).

Además, se permite que los vehículos lleven publicidad o pegatinas que identifiquen el servicio que prestan, siempre y cuando no lleven a confusiones con los taxis (que, por ejemplo, piden llevar las matrículas de color azul).

Lo que no se regula son las tarifas máximas o mínimas que podrán cobrar por cada servicio.

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