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500.000 multas de la DGT pueden ser anuladas por un error

500.000 multas de la DGT pueden ser anuladas por un error
Sí, has leído bien la cifra 500.000 multas de la DGT pueden ser anuladas por un error de radar. La sentencia responde a un demanda presentada por Automovilistas Europeos Asociados y podría convertir en papel mojado medio millón de sanciones impuestas por Tráfico porque la normativa técnica aplicada está "obsoleta".

Una nueva sentencia judicial podría anular 500.000 multas de la DGT por un error en la aplicación de los márgenes de los radares. 

La sentencia dictada por el el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 22 de Madrid responde a una demanda interpuesta por la asociación Automovilistas Europeos Asociados (AEA) que lleva desde 2010 denunciado que la DGT no aplica correctamente los márgenes de error de los radares.

La decisión del juez anula la sanción de 300 puntos y la resta de dos puntos con la que habían sancionado a un conductor que fue descubierto por un radar mientras circulaba a 153 km/h en un tramo de la A-50 limitado a 120 km/h. De acuerdo con la demanda de AEA y la sentencia del juez, la DGT no aplicó correctamente los márgenes de error correctamente establecidos.

¿Cuántas clases de radares hay en la carretera?

El juez ha dictaminado que la multa debe ser anulado y, además, que tendrá que ser Tráfico quien asuma las costas judiciales (200 euros).

En un nota de prensa, la AEA ha explicado que no es la primera resolución judicial que anula una multa de velocidad por este motivo; sin embargo, sí es la primera vez que un órgano judicial reconoce que Tráfico ha estado aplicando, en perjuicio de los ciudadanos, una norma técnica obsoleta.

La sentencia dice textualmente: “La llamada `Norma UNE 26444´ no es una verdadera `norma jurídica´, sino que es una recomendación técnica eleaborada en 1992 por AENOR en las que se definían las especificaciones de fabricación, condiciones de funcionamiento, así como los errores máximos tolerados de los instrumentos destinados a medir la velocidad de circulación de los vehículos a motor, denominados `cinemómetros´. Sin embargo, tal y como se expone en la demanda, dicha recomendación técnica sobre los radares a la que aluden dichas resoluciones administrativas (Norma UNE 26444) se pudo utilizar en España hasta el 7 de Diciembre de 2006, fecha en la que expresamente fue derogada la normativa que autorizaba su uso”. 

¿Qué significa esto?

La decisión del juez deja claro que la DGT lleva años utilizando una norma obsoleta, de manera que si la multa al conductor que fue cazado en la A-50 no es legal, podrían dejar de serlo por la misma razón unas 500.000 sanciones según cálculos de la asociación europea.

Es por eso que AEA quiere recordar que “desde que entró en vigor la reforma de la Ley de Seguridad Vial en mayo de 2010, en cientos de miles de sanciones la DGT no está aplicando ningún margen de error y está imponiendo sanciones por encima de lo que marca la ley”. 

Así por ejemplo, a conductores a los que en la fotografía obtenida por el radar aparece que circulaban a 151 km/h., teniendo limitada la velocidad a 120 km/h, Tráfico les aplica directamente el cuadro de sanciones previsto en el Anexo IV de la LSV (ver cuadro) sin ninguna corrección. Esto es,  les sanciona con 300 € y la pérdida de 2 puntos del permiso de conducir, cuando legalmente les correspondería sólo una multa de 100 €, sin puntos. “Sanciones que –según AEA- son ilegales, como reiteradamente están reconociendo los tribunales.” 

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